lunes, 30 de marzo de 2015

Mantenimiento Equipos y Sistemas PCI

Sabias que de acuerdo al Artículo 13, Empresas mantenedoras, del #Reglamento de #Instalaciones de #Protección #Contra #Incendios, aprobado por RD 1492/1993, El #mantenimiento y #reparación de #aparatos, #equipos y #sistemas y sus componentes, empleados en la #protección contra incendios, deben ser realizados por #empresas #mantenedoras debidamente #autorizadas. #PCI #SeguridadContraIncendios #Extintores #BIE http://www.seguridadcontraincendios.com/instalacion-sistemas-contra-incendios/instalacion-extintores-madrid.html - Llama Ya 91.808.81.29


miércoles, 11 de marzo de 2015

Instalación Sistemas Manuales de Alarma

En cualquier establecimiento industrial, ya sea para actividades de almacenamiento o para actividades distintas a este, es decir, #talleres, #carpinterías, #cerrajerías, etc.., será #obligatorio la instalación de #pulsadores manuales de #alarma, siempre y cuando no sea requerida la instalación de un sistema de #detección de #incendios (naves pequeñas de menos de 300 m2), de acuerdo al Anexo III.4 del RD 2267/2004 por el cual se aprueba el #Reglamento de Instalaciones #ContraIncendios en los Establecimientos Industriales (#RSCIEI).

En otros tipos de edificios, del acuerdo al SI4 1.1, se instalarán sistemas manuales de alarma de acuerdo a la siguiente relación:

  • En edificios residenciales si la altura de evacuación supera los 50 m.
  • En edificios administrativos si la superficie total construida supera los 1.000 m2.
  • En hoteles, residencias, albergues, etc.. (residencial público) si la superficie total construida supera los 500 m2
  • En hospitales en todo caso
  • En colegios, institutos, universidades (uso docente), si la superficie total construida supera los 1.000 m2.
  • En edificios comerciales si la superficie total construida supera los 1.000 m2.


www.seguridadcontraincendios.com/instalacion-sistemas-contra-incendios/sistemas-deteccion-de-incendios-madrid.html


Detección de Incendios en Establecimientos Industriales

No Para establecimientos industriales Tipo A (adosados) o con estructura compartida para actividades de almacenamiento con más de 150 m2 y para actividades distintas de las del almacenamiento (#talleres, industrias, etc.) con más de 300 m2 es obligatoria la #instalación de sistemas automáticos de #detección de #incendios según el Anexo III del RD 2267/2004. 


Solicita #visita y #presupuesto gratuitos. 91.808.81.29

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